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8610 — Taxistas y conductores de automóviles y furgonetas

    La CNO considera furgoneta a aquel vehículo cuyo peso no exceda de 3,5 t.

    Los repartidores de servicios de correo, público o privado (mensajería), independientemente del medio de locomoción utilizado (a pie, en furgoneta, etc), se clasifican en el grupo primario (4122.

    Los taxistas y conductores de automóviles y furgonetas accionan y conducen automóviles, inclusive de alquiler, y furgonetas o camionetas para el transporte de pasajeros, correspondencia o mercancías.

    Entre sus tareas se incluyen:

    • Accionar y conducir automóviles o taxis para transportar pasajeros
    • Accionar y conducir automóviles, furgonetas de menos de 3,5 t o camionetas para la distribución de correspondencia y paquetería o transportes de mercancías
    • Accionar y conducir ambulancias para el transporte de enfermos
    • Desempeñar tareas afines
    • Supervisar a otros trabajadores

    Ejemplos de ocupaciones incluidas en este grupo primario:

    • Conductor, taxi
    • Conductor, furgoneta/hasta 3,5 t
    • Conductor, ambulancia)

    Descendentes

    Esta rúbrica no tiene descendentes porque pertenece al nivel más detallado de la clasificación.

    Correspondencia con CIUOCOM-88 (es)
    Código Descripción
    8322 Conductores de automóviles, taxis y camionetas