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Justicia juvenil. Menores y jóvenes atendidos. Comarcas y Aran

Justicia juvenil. Menores y jóvenes atendidos. Comarcas y Aran 2023
Valor Variación (%)
Alt Camp 40 -9,1
Alt Empordà 111 -17,8
Alt Penedès 106 8,2
Alt Urgell 28 55,6
Alta Ribagorça 3 50,0
Anoia 125 16,8
Aran 4 -42,9
Bages 125 19,0
Baix Camp 171 -7,1
Baix Ebre 91 59,6
Baix Empordà 77 -3,8
Baix Llobregat 565 1,3
Baix Penedès 121 -12,9
Barcelonès 1.564 -8,5
Berguedà 35 29,6
Cerdanya 5 -16,7
Conca de Barberà 12 -7,7
Garraf 158 17,0
Garrigues 30 66,7
Garrotxa 31 -8,8
Gironès 227 11,3
Lluçanès .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible
Maresme 350 9,0
Moianès 3 -25,0
Montsià 77 63,8
Noguera 50 35,1
Osona 111 8,8
Pallars Jussà 17 6,3
Pallars Sobirà 1 0,0
Pla d'Urgell 58 52,6
Pla de l'Estany 16 -23,8
Priorat 2 0,0
Ribera d'Ebre 8 -27,3
Ripollès 8 14,3
Segarra 27 58,8
Segrià 310 19,2
Selva 125 2,5
Solsonès 12 20,0
Tarragonès 219 -8,8
Terra Alta 2 100,0
Urgell 48 29,7
Vallès Occidental 641 -2,7
Vallès Oriental 293 7,3
No comarcalitzats 221 .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible
Cataluña 6.228 5,4
Fuente: Departament de Justícia i Qualitat Democràtica.
Notas:
Menores y jóvenes atendidos: Se trata de varias personas atendidas por los servicios y secciones de la Direcció General d'Execució Penal a la Comunitat i Justícia Juvenil, distribuídas por comarca de residencia.
La nueva comarca de El Moianès se creó el 1 de mayo de 2015 (Ley 4/2015, de 23 de abril, de creación de la comarca de El Moianès) a partir de la agregación de cinco municipios de la comarca de El Bages, uno de la comarca de Osona y cuatro de la comarca de El Vallès Oriental.
(..) Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible.

Última actualización: 9 de abril de 2025.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Menor (atendido por la Dirección general de Ejecución Penal en la Comunidad y Justicia Juvenil)
Menor que ha cometido hechos calificados en el Código penal como delito o falta y ha sido puesto a disposición del juzgado de menores o de otros órganos jurisdiccionales penales, los cuales le han impuesto una medida educativa que es necesario aplicar en medio abierto o en centros de internamiento.

Aspectos metodológicos

La Dirección General de Ejecución Penal a la Comunidad y de Justicia Juvenil, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 194/2013, de 9 de julio, de reestructuración del Departamento de Justicia, es responsable de cumplir aquellas actuaciones previstas en el ordenamiento jurídico que regula las acciones sociales dirigidas a los mayores de 14 años y los menores de 18 años.

Los procedimientos con los menores y los jóvenes que se atienden se pueden clasificar en 4 ámbitos de actuación:

1. Asesoramiento técnico: aporta al procedimiento judicial la información que la Ley establece sobre la situación psicológica, educativa y familiar del menor, así como de su entorno social y, en general, sobre cualquier otra circunstancia relevante. Desde esta perspectiva, asesora a las instancias judiciales para que puedan tener en cuenta estos elementos en sus resoluciones.

2. Mediación y la reparación: proceso que tiene como objetivo que el infractor y la víctima puedan llegar a unos acuerdos para solucionar el conflicto que la infracción penal ha creado. Pretende solucionar el conflicto entre las partes de forma extrajudicial con la orientación de un mediador, pero se inscribe dentro del marco penal, que dice cuál es el delito, quién es la víctima y quién es el infractor.

3. Medidas judiciales en medio abierto: son las previstas en la Ley orgánica 5/2000, de 5 de junio, de responsabilidad penal del menor que no implican encarcelarlo. Se ejecutan en el entorno social y familiar de los menores y jóvenes, lo que permite seguir su proceso de socialización, y continuar y/o mejorar los vínculos de las relaciones existentes.

4. El internamiento es una medida privativa de libertad que obliga al menor o al joven a quedarse en un centro educativo o terapéutico, o bien en el mismo domicilio, durante el tiempo impuesto en la sentencia.

La nueva comarca de El Moianès se creó el 1 de mayo de 2015 (Ley 4/2015, de 23 de abril, de creación de la comarca de El Moianès) a partir de la agregación de cinco municipios de la comarca de El Bages, uno de la comarca de Osona y cuatro de la comarca de El Vallès Oriental.

Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".