Saltar al contenido principal

Síndic de Greuges. Quejas y consultas recibidas. Comarcas y Aran, y provincias

Síndic de Greuges. Quejas y consultas recibidas. Comarcas y Aran 2022
Quejas iniciadas Consultas Total
Alt Camp 49 66 115
Alt Empordà 134 127 261
Alt Penedès 121 164 285
Alt Urgell 20 27 47
Alta Ribagorça 6 4 10
Anoia 128 159 287
Aran 10 19 29
Bages 303 403 706
Baix Camp 179 178 357
Baix Ebre 62 69 131
Baix Empordà 81 149 230
Baix Llobregat 902 1.119 2.021
Baix Penedès 172 246 418
Barcelonès 2.418 3.471 5.889
Berguedà 63 81 144
Cerdanya 24 34 58
Conca de Barberà 16 15 31
Garraf 231 312 543
Garrigues 22 38 60
Garrotxa 46 63 109
Gironès 161 212 373
Maresme 616 757 1.373
Moianès 14 15 29
Montsià 54 71 125
Noguera 29 38 67
Osona 181 156 337
Pallars Jussà 11 19 30
Pallars Sobirà 16 14 30
Pla d'Urgell 31 45 76
Pla de l'Estany 24 30 54
Priorat 11 7 18
Ribera d'Ebre 15 27 42
Ripollès 32 20 52
Segarra 23 34 57
Segrià 185 207 392
Selva 190 198 388
Solsonès 13 10 23
Tarragonès 316 360 676
Terra Alta 13 18 31
Urgell 35 50 85
Vallès Occidental 962 1.108 2.070
Vallès Oriental 563 650 1.213
Quejas procedentes de otras CCAA 63 70 133
Sistema de notificación electrónica 1.408 2.510 3.918
Consultas procedentes de otros estados 0 11 11
Cataluña 9.953 13.381 23.334
Fuente: Síndic de Greuges de Catalunya.
Nota: No se incluyen las actuaciones de oficio.

Última actualización: 8 de marzo de 2023.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Consulta (SG)
Solicitud de información que efectuan las personas, entidades o instituciones legitimadas ante el Síndic de Greuges.
Queja (SG)
Solicitud de actuación de oficio que tiene por objeto instar al Síndic de Greuges a investigar aquellos actos en los que la actividad o inactividad atribuible a las administraciones, organismos, empresas o personas pueda haber vulnerado derechos o libertades constitucionales o estatutarios.
Síndic de Greuges
Institución que se encarga de la defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos. Tiene facultades de supervisión de la actividad de la Administración pública de la Generalidad y de los organismos públicos o privados vinculados o que dependen de éstos, de las empresas privadas que gestionan los servicios públicos o cumplen actividades de interés general o universal. El Síndic es también un mecanismo para prevenir la tortura y de los tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (Protocolo facultativo de la Convención de Naciones Unidas).

Aspectos metodológicos

La Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges (DOGC núm. 5536 - 30/12/2009), atribuye al Síndic de Greuges la condición de Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Elegido por tres quintas partes del Parlamento, es políticamente independiente. No depende de ningún gobierno y actúa con objetividad, libertad de criterio e independencia. Cada mandato tiene una duración de nueve años.

El Síndic vela para que se respeten los derechos de las personas. Atiende todas las consultas y orienta a los interesados sobre el mejor procedimiento que pueden seguir para solucionar su problema. Sus competencias son limitadas y no puede intervenir, por ejemplo, en conflictos entre particulares.

Cualquier persona física o jurídica está legitimada para dirigirse al Síndic de Greuges, y no se precisa asistencia letrada ni representación procesal. Las actuaciones del Síndic de Greuges son gratuitas para la persona interesada.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".