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Extranjeros con tarjeta de residencia. Por país de nacionalidad. Provincias

Extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor. Por país de nacionalidad. Provincias 2013
Barcelona Girona Lleida Tarragona Cataluña
Total 733.041 148.281 81.411 140.340 1.103.073
Total Unión Europea (UE28) 221.033 48.309 37.384 56.971 363.697
Rumanía 43.176 17.237 27.795 32.151 120.359
Italia 50.785 4.297 628 4.102 59.812
Francia 27.384 7.429 465 2.953 38.231
Alemania 18.184 3.311 233 2.348 24.076
Reino Unido 15.753 3.161 253 3.205 22.372
Portugal 12.637 2.488 1.798 1.837 18.760
Polonia 11.745 1.859 2.185 2.033 17.822
Bulgaria 7.533 2.289 2.818 2.654 15.294
Países Bajos 7.991 2.149 143 1.229 11.512
Suecia 6.681 205 20 120 7.026
Bélgica 3.113 1.382 74 855 5.424
Lituania 1.083 509 231 1.204 3.027
República Checa 1.677 369 109 533 2.688
Eslovaquia 1.139 393 266 702 2.500
Irlanda 2.075 217 30 186 2.508
Hungría 1.729 261 48 211 2.249
Austria 1.877 124 54 95 2.150
Resto Unión Europea 6.471 629 234 553 7.887
Total resto Europa 22.951 8.028 4.703 6.715 42.397
Ucrania 7.714 3.004 3.308 2.433 16.459
Rusia 7.324 3.281 630 1.673 12.908
Moldavia 1.767 567 442 1.299 4.075
Suiza 1.964 721 20 714 3.419
Resto Europa 4.182 455 303 596 5.536
Total África 177.458 58.335 28.949 48.498 313.240
Marruecos 139.160 41.825 15.998 41.503 238.486
Gambia 5.759 8.401 1.315 226 15.701
Senegal 9.631 3.036 3.069 2.719 18.455
Argelia 3.381 759 2.820 1.969 8.929
Mali 3.154 1.761 1.658 226 6.799
Nigeria 3.800 442 722 840 5.804
Ghana 4.456 348 305 390 5.499
Guinea 2.236 730 1.242 130 4.338
Mauritania 1.289 434 377 28 2.128
Resto África 4.592 599 1.443 467 7.101
Total América 191.354 22.390 7.291 18.806 239.841
Ecuador 37.254 1.881 765 2.514 42.414
Colombia 19.181 2.816 1.817 4.324 28.138
Bolivia 31.275 2.951 997 1.757 36.980
Perú 21.503 843 562 932 23.840
República Dominicana 15.918 1.308 745 1.405 19.376
Argentina 12.301 2.080 481 2.220 17.082
Brasil 8.333 1.509 923 1.382 12.147
Chile 6.539 872 182 802 8.395
Uruguai 5.646 1.323 127 819 7.915
Cuba 5.618 848 233 904 7.603
Honduras 5.258 4.462 71 243 10.034
Paraguai 7.462 233 83 356 8.134
Venezuela 4.896 421 140 487 5.944
Méjico 3.381 241 58 259 3.939
Estados Unidos 3.660 266 44 207 4.177
Resto América 3.129 336 63 195 3.723
Total Asia 119.574 11.162 3.060 9.329 143.125
China 44.579 4.215 1.963 3.550 54.307
Paquistán 37.164 771 462 3.349 41.746
India 11.485 4.873 324 1.305 17.987
Filipinas 9.792 333 14 369 10.508
Bangladesh 5.026 87 106 20 5.239
Georgia 2.916 320 58 343 3.637
Armenia 2.487 190 32 72 2.781
Resto Asia 6.125 373 101 321 6.920
Total Oceanía 460 40 7 12 519
No consta 211 17 17 9 254
Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social. Observatorio Permanente de la Immigración.

Última actualización: 9 de octubre de 2014.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Extranjero
Persona que carece de la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los tratados internacionales en los que España sea parte (Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
Residentes extranjeros
Número de extranjeros, según el registro del Observatorio Permanente de la Inmigración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que en una determinada fecha residen en Cataluña con un permiso de residencia en vigor. Los datos son una información de tipo stock a 31 de diciembre de cada año.

Aspectos metodológicos

Esta estadística se obtiene a partir de los ficheros obtenidos del Registro Central de Extranjeros, registro administrativo que gestiona la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, dependiente del Ministerio del Interior.

La explotación estadística de estos ficheros corresponde al Observatorio Permanente de la Inmigración, que depende del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Se trata de una estadística de stock con periodicidad trimestral. Se contabiliza y analiza el número de extranjeros que disponen de un certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor al final de cada trimestre.

La legislación aplicable a los extranjeros que residen en España depende de su régimen de residencia y éste, en gran parte, de la nacionalidad de los extranjeros.

Esta estadística no incluye a los siguientes extranjeros:

  • Los que se encuentren en España en situación de estancia (tres meses por semestre).
  • Los que se encuentren en España con autorización de estancia para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación y voluntariado.
  • Los trabajadores transfronterizos que no residen en España.
  • Los solicitantes de asilo y los que han obtenido el estatuto de refugiados o el estatuto de apátrida.
  • Los extranjeros de régimen comunitario que no hayan solicitado su inscripción en el Registro Central de Extranjeros o que la hayan solicitado y no hayan obtenido todavía el correspondiente certificado.
  • Los extranjeros que tienen caducada su documentación de residencia y la están renovando.

Los extranjeros autorizados a permanecer en España están obligados a poner en conocimiento de la Oficina de Extranjería o de la comisaría de policía del lugar donde residan o permanezcan, los cambios de nacionalidad, de domicilio habitual y de estado civil.

Como país de nacionalidad se entiende la nacionalidad del extranjero. En el caso de doble nacionalidad, se contabiliza la que ha utilizado el extranjero para llevar a cabo el trámite de solicitud de autorización, tarjeta o certificado de registro.

En cuanto a la provincia, es aquella en que el extranjero comunica que reside en el momento que se expide el certificado de registro o tarjeta de residencia que se encuentra en vigor.

A partir del año 2010, los datos se han revisado con el objetivo de descontar las personas que han accedido a la nacionalidad española y los extranjeros que han muerto en España y que tenían una autorización de residencia en vigor en el momento del deceso.

Los datos son a 31 de diciembre.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".