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Extranjeros con tarjeta de residencia. Por país de nacionalidad. Provincias

Extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor. Por país de nacionalidad. Provincias 2017
Barcelona Girona Lleida Tarragona Cataluña
Total 763.732 153.515 85.937 143.135 1.146.319
Total Unión Europea (UE28) 284.949 54.645 42.577 62.480 444.651
Rumanía 48.468 19.494 31.867 34.198 134.027
Italia 69.002 5.015 774 4.817 79.608
Francia 38.767 8.796 537 3.505 51.605
Alemania 22.921 3.565 259 2.650 29.395
Reino Unido 21.974 3.639 338 3.811 29.762
Portugal 16.180 2.701 1.991 1.960 22.832
Polonia 13.790 1.962 2.422 2.239 20.413
Bulgaria 8.498 2.465 3.070 2.853 16.886
Países Bajos 10.563 2.365 155 1.425 14.508
Suecia 8.528 225 24 141 8.918
Bélgica 4.272 1.616 86 1.009 6.983
Lituania 1.510 566 232 1.265 3.573
República Checa 2.036 386 125 561 3.108
Eslovaquia 1.428 413 293 726 2.860
Irlanda 2.983 276 44 231 3.534
Hungría 2.378 288 54 321 3.041
Austria 2.393 138 56 112 2.699
Resto Unión Europea 9.258 735 250 656 10.899
Total resto Europa 28.862 9.343 4.837 7.388 50.430
Ucrania 8.706 3.324 3.437 2.551 18.018
Rusia 10.271 4.166 627 2.186 17.250
Moldavia 1.727 573 410 1.261 3.971
Suiza 2.617 771 22 769 4.179
Resto Europa 5.541 509 341 621 7.012
Total África 160.776 56.102 29.114 46.388 292.380
Marruecos 122.732 39.602 15.602 39.241 217.177
Gambia 5.298 7.950 1.400 282 14.930
Senegal 10.255 3.266 3.658 2.924 20.103
Argelia 3.123 739 2.551 1.889 8.302
Mali 3.284 1.898 1.908 246 7.336
Nigeria 3.645 441 612 742 5.440
Ghana 4.619 398 380 409 5.806
Guinea 2.005 762 1.237 126 4.130
Mauritania 1.076 402 366 24 1.868
Resto África 4.739 644 1.400 505 7.288
Total América 155.591 21.041 6.040 16.481 199.153
Ecuador 23.280 1.380 576 1.936 27.172
Colombia 13.238 2.198 1.434 3.410 20.280
Bolivia 23.148 2.345 666 1.403 27.562
Perú 14.209 721 436 755 16.121
República Dominicana 13.057 1.148 614 1.255 16.074
Argentina 10.424 1.780 403 1.938 14.545
Brasil 8.689 1.500 853 1.449 12.491
Chile 5.248 775 146 662 6.831
Uruguai 4.523 1.101 115 758 6.497
Cuba 4.691 737 216 859 6.503
Honduras 7.945 5.792 111 316 14.164
Paraguai 7.961 233 91 413 8.698
Venezuela 6.823 410 157 584 7.974
Méjico 3.472 236 81 280 4.069
Estados Unidos 4.902 320 53 231 5.506
Resto América 3.981 365 88 232 4.666
Total Asia 132.737 12.273 3.347 10.346 158.703
China 49.703 4.664 2.073 3.826 60.266
Paquistán 39.224 958 595 3.761 44.538
India 13.422 5.158 360 1.431 20.371
Filipinas 9.781 356 22 417 10.576
Bangladesh 5.992 90 97 20 6.199
Georgia 3.623 364 70 391 4.448
Armenia 2.811 195 31 105 3.142
Resto Asia 8.181 488 99 395 9.163
Total Oceanía 596 67 10 25 698
No consta 221 44 12 27 304
Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Última actualización: 4 de octubre de 2018.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Extranjero
Persona que carece de la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los tratados internacionales en los que España sea parte (Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
Residentes extranjeros
Número de extranjeros, según el registro del Observatorio Permanente de la Inmigración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que en una determinada fecha residen en Cataluña con un permiso de residencia en vigor. Los datos son una información de tipo stock a 31 de diciembre de cada año.

Aspectos metodológicos

Esta estadística se obtiene a partir de los ficheros obtenidos del Registro Central de Extranjeros, registro administrativo que gestiona la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, dependiente del Ministerio del Interior.

La explotación estadística de estos ficheros corresponde al Observatorio Permanente de la Inmigración, que depende del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Se trata de una estadística de stock con periodicidad trimestral. Se contabiliza y analiza el número de extranjeros que disponen de un certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor al final de cada trimestre.

La legislación aplicable a los extranjeros que residen en España depende de su régimen de residencia y éste, en gran parte, de la nacionalidad de los extranjeros.

Esta estadística no incluye a los siguientes extranjeros:

  • Los que se encuentren en España en situación de estancia (tres meses por semestre).
  • Los que se encuentren en España con autorización de estancia para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación y voluntariado.
  • Los trabajadores transfronterizos que no residen en España.
  • Los solicitantes de asilo y los que han obtenido el estatuto de refugiados o el estatuto de apátrida.
  • Los extranjeros de régimen comunitario que no hayan solicitado su inscripción en el Registro Central de Extranjeros o que la hayan solicitado y no hayan obtenido todavía el correspondiente certificado.
  • Los extranjeros que tienen caducada su documentación de residencia y la están renovando.

Los extranjeros autorizados a permanecer en España están obligados a poner en conocimiento de la Oficina de Extranjería o de la comisaría de policía del lugar donde residan o permanezcan, los cambios de nacionalidad, de domicilio habitual y de estado civil.

Como país de nacionalidad se entiende la nacionalidad del extranjero. En el caso de doble nacionalidad, se contabiliza la que ha utilizado el extranjero para llevar a cabo el trámite de solicitud de autorización, tarjeta o certificado de registro.

En cuanto a la provincia, es aquella en que el extranjero comunica que reside en el momento que se expide el certificado de registro o tarjeta de residencia que se encuentra en vigor.

A partir del año 2010, los datos se han revisado con el objetivo de descontar las personas que han accedido a la nacionalidad española y los extranjeros que han muerto en España y que tenían una autorización de residencia en vigor en el momento del deceso.

Los datos son a 31 de diciembre.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".