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Extranjeros con tarjeta de residencia. Por país de nacionalidad. Provincias

Extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor. Por país de nacionalidad. Provincias 2019
Barcelona Girona Lleida Tarragona Cataluña
Total 849.405 162.710 91.131 150.667 1.253.913
Total Unión Europea (UE28) 328.384 58.697 45.339 65.540 497.960
Rumanía 51.365 20.924 34.000 35.213 141.502
Italia 84.413 5.672 904 5.441 96.430
Francia 45.433 9.520 578 3.816 59.347
Alemania 25.687 3.683 286 2.741 32.397
Reino Unido 26.207 3.949 400 4.232 34.788
Portugal 18.721 2.832 2.056 2.058 25.667
Polonia 15.133 2.013 2.468 2.316 21.930
Bulgaria 8.957 2.621 3.247 2.951 17.776
Países Bajos 12.116 2.507 175 1.536 16.334
Suecia 9.635 241 27 152 10.055
Bélgica 4.959 1.738 95 1.076 7.868
Lituania 1.738 593 242 1.294 3.867
República Checa 2.272 409 128 576 3.385
Eslovaquia 1.578 425 292 727 3.022
Irlanda 3.621 314 47 251 4.233
Hungría 2.837 305 60 338 3.540
Austria 2.728 143 55 115 3.041
Resto Unión Europea 10.984 808 279 707 12.778
Total resto Europa 32.912 10.030 4.932 7.691 55.565
Ucrania 9.606 3.558 3.520 2.624 19.308
Rusia 11.978 4.558 636 2.341 19.513
Moldavia 1.730 561 402 1.222 3.915
Suiza 3.021 806 25 799 4.651
Resto Europa 6.577 547 349 705 8.178
Total África 165.654 57.732 30.519 48.015 301.920
Marruecos 125.558 40.603 16.299 40.433 222.893
Gambia 5.307 8.083 1.571 334 15.295
Senegal 10.912 3.484 3.963 3.141 21.500
Argelia 3.288 783 2.532 1.940 8.543
Mali 3.453 1.996 2.078 266 7.793
Nigeria 3.798 471 598 758 5.625
Ghana 5.114 446 405 425 6.390
Guinea 1.984 743 1.279 134 4.140
Mauritania 1.042 416 369 28 1.855
Resto África 5.198 707 1.425 556 7.886
Total América 174.031 22.653 6.644 17.862 221.190
Ecuador 23.040 1.315 555 1.843 26.753
Colombia 15.257 2.401 1.550 3.679 22.887
Bolivia 21.924 2.184 618 1.281 26.007
Perú 15.205 783 537 833 17.358
República Dominicana 14.143 1.213 641 1.221 17.218
Argentina 12.370 1.874 416 2.083 16.743
Brasil 10.088 1.624 911 1.639 14.262
Chile 5.507 782 151 691 7.131
Uruguai 4.567 1.096 126 788 6.577
Cuba 5.015 773 228 1.003 7.019
Honduras 10.162 6.455 168 407 17.192
Paraguai 8.384 259 96 442 9.181
Venezuela 13.526 841 381 1.054 15.802
Méjico 4.087 258 102 344 4.791
Estados Unidos 5.992 371 66 277 6.706
Resto América 4.764 424 98 277 5.563
Total Asia 147.495 13.430 3.673 11.488 176.086
China 53.725 4.867 2.138 4.082 64.812
Paquistán 43.493 1.131 810 4.265 49.699
India 15.846 5.766 383 1.656 23.651
Filipinas 10.414 376 24 445 11.259
Bangladesh 6.883 107 91 31 7.112
Georgia 4.106 399 72 409 4.986
Armenia 2.997 191 32 116 3.336
Resto Asia 10.031 593 123 484 11.231
Total Oceanía 711 93 9 29 842
No consta 218 75 15 42 350
Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Última actualización: 13 de mayo de 2020.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Extranjero
Persona que carece de la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los tratados internacionales en los que España sea parte (Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
Residentes extranjeros
Número de extranjeros, según el registro del Observatorio Permanente de la Inmigración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que en una determinada fecha residen en Cataluña con un permiso de residencia en vigor. Los datos son una información de tipo stock a 31 de diciembre de cada año.

Aspectos metodológicos

Esta estadística se obtiene a partir de los ficheros obtenidos del Registro Central de Extranjeros, registro administrativo que gestiona la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, dependiente del Ministerio del Interior.

La explotación estadística de estos ficheros corresponde al Observatorio Permanente de la Inmigración, que depende del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Se trata de una estadística de stock con periodicidad trimestral. Se contabiliza y analiza el número de extranjeros que disponen de un certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor al final de cada trimestre.

La legislación aplicable a los extranjeros que residen en España depende de su régimen de residencia y éste, en gran parte, de la nacionalidad de los extranjeros.

Esta estadística no incluye a los siguientes extranjeros:

  • Los que se encuentren en España en situación de estancia (tres meses por semestre).
  • Los que se encuentren en España con autorización de estancia para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación y voluntariado.
  • Los trabajadores transfronterizos que no residen en España.
  • Los solicitantes de asilo y los que han obtenido el estatuto de refugiados o el estatuto de apátrida.
  • Los extranjeros de régimen comunitario que no hayan solicitado su inscripción en el Registro Central de Extranjeros o que la hayan solicitado y no hayan obtenido todavía el correspondiente certificado.
  • Los extranjeros que tienen caducada su documentación de residencia y la están renovando.

Los extranjeros autorizados a permanecer en España están obligados a poner en conocimiento de la Oficina de Extranjería o de la comisaría de policía del lugar donde residan o permanezcan, los cambios de nacionalidad, de domicilio habitual y de estado civil.

Como país de nacionalidad se entiende la nacionalidad del extranjero. En el caso de doble nacionalidad, se contabiliza la que ha utilizado el extranjero para llevar a cabo el trámite de solicitud de autorización, tarjeta o certificado de registro.

En cuanto a la provincia, es aquella en que el extranjero comunica que reside en el momento que se expide el certificado de registro o tarjeta de residencia que se encuentra en vigor.

A partir del año 2010, los datos se han revisado con el objetivo de descontar las personas que han accedido a la nacionalidad española y los extranjeros que han muerto en España y que tenían una autorización de residencia en vigor en el momento del deceso.

Los datos son a 31 de diciembre.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".