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Extranjeros con tarjeta de residencia. Por país de nacionalidad. Provincias

Extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor. Por país de nacionalidad. Provincias 2020
Barcelona Girona Lleida Tarragona Cataluña
Total 869.739 162.219 93.076 153.093 1.278.127
Total Unión Europea (UE28) 343.003 59.807 46.127 67.003 515.940
Rumanía 52.027 21.325 34.525 35.553 143.430
Italia 89.549 5.852 967 5.717 102.085
Francia 47.839 9.784 594 3.970 62.187
Alemania 26.621 3.729 293 2.813 33.456
Reino Unido 27.947 3.973 420 4.541 36.881
Portugal 19.426 2.849 2.082 2.103 26.460
Polonia 15.490 2.032 2.477 2.350 22.349
Bulgaria 9.072 2.624 3.351 2.975 18.022
Países Bajos 12.683 2.555 175 1.566 16.979
Suecia 10.013 244 29 169 10.455
Bélgica 5.190 1.766 96 1.120 8.172
Lituania 1.813 602 246 1.299 3.960
República Checa 2.338 411 129 586 3.464
Eslovaquia 1.635 431 293 727 3.086
Irlanda 3.893 330 50 281 4.554
Hungría 3.014 308 59 357 3.738
Austria 2.824 143 57 124 3.148
Resto Unión Europea 11.629 849 284 752 13.514
Total resto Europa 33.901 9.978 4.932 7.675 56.486
Ucrania 9.774 3.528 3.505 2.601 19.408
Rusia 12.425 4.578 637 2.384 20.024
Moldavia 1.675 526 402 1.168 3.771
Suiza 3.174 799 26 808 4.807
Resto Europa 6.853 547 362 714 8.476
Total África 164.594 56.807 31.267 48.651 301.319
Marruecos 124.543 40.057 16.849 41.034 222.483
Gambia 5.265 7.892 1.633 349 15.139
Senegal 10.997 3.416 4.066 3.173 21.652
Argelia 3.305 778 2.541 1.925 8.549
Mali 3.420 1.938 2.127 280 7.765
Nigeria 3.708 466 602 742 5.518
Ghana 5.154 438 408 423 6.423
Guinea 1.963 716 1.256 134 4.069
Mauritania 1.035 414 375 27 1.851
Resto África 5.204 692 1.410 564 7.870
Total América 177.959 22.223 7.006 18.167 225.355
Ecuador 22.221 1.238 549 1.759 25.767
Colombia 16.127 2.469 1.655 3.764 24.015
Bolivia 20.040 2.046 571 1.199 23.856
Perú 15.101 743 517 827 17.188
República Dominicana 13.613 1.164 648 1.175 16.600
Argentina 13.502 1.856 439 2.110 17.907
Brasil 10.307 1.573 926 1.682 14.488
Chile 5.497 755 164 679 7.095
Uruguai 4.515 1.052 124 774 6.465
Cuba 4.931 753 258 961 6.903
Honduras 10.449 6.017 191 443 17.100
Paraguai 8.133 246 92 437 8.908
Venezuela 18.405 1.234 609 1.429 21.677
Méjico 4.110 265 106 345 4.826
Estados Unidos 6.180 400 68 275 6.923
Resto América 4.828 412 89 308 5.637
Total Asia 149.338 13.246 3.719 11.518 177.821
China 54.612 4.855 2.143 4.056 65.666
Paquistán 43.788 1.112 845 4.199 49.944
India 16.120 5.591 392 1.730 23.833
Filipinas 10.460 375 22 449 11.306
Bangladesh 6.862 104 83 33 7.082
Georgia 4.187 392 72 420 5.071
Armenia 2.963 199 28 116 3.306
Resto Asia 10.346 618 134 515 11.613
Total Oceanía 723 85 9 34 851
No consta 221 73 16 45 355
Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Última actualización: 6 de julio de 2021.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Extranjero
Persona que carece de la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los tratados internacionales en los que España sea parte (Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
Residentes extranjeros
Número de extranjeros, según el registro del Observatorio Permanente de la Inmigración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que en una determinada fecha residen en Cataluña con un permiso de residencia en vigor. Los datos son una información de tipo stock a 31 de diciembre de cada año.

Aspectos metodológicos

Esta estadística se obtiene a partir de los ficheros obtenidos del Registro Central de Extranjeros, registro administrativo que gestiona la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, dependiente del Ministerio del Interior.

La explotación estadística de estos ficheros corresponde al Observatorio Permanente de la Inmigración, que depende del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Se trata de una estadística de stock con periodicidad trimestral. Se contabiliza y analiza el número de extranjeros que disponen de un certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor al final de cada trimestre.

La legislación aplicable a los extranjeros que residen en España depende de su régimen de residencia y éste, en gran parte, de la nacionalidad de los extranjeros.

Esta estadística no incluye a los siguientes extranjeros:

  • Los que se encuentren en España en situación de estancia (tres meses por semestre).
  • Los que se encuentren en España con autorización de estancia para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación y voluntariado.
  • Los trabajadores transfronterizos que no residen en España.
  • Los solicitantes de asilo y los que han obtenido el estatuto de refugiados o el estatuto de apátrida.
  • Los extranjeros de régimen comunitario que no hayan solicitado su inscripción en el Registro Central de Extranjeros o que la hayan solicitado y no hayan obtenido todavía el correspondiente certificado.
  • Los extranjeros que tienen caducada su documentación de residencia y la están renovando.

Los extranjeros autorizados a permanecer en España están obligados a poner en conocimiento de la Oficina de Extranjería o de la comisaría de policía del lugar donde residan o permanezcan, los cambios de nacionalidad, de domicilio habitual y de estado civil.

Como país de nacionalidad se entiende la nacionalidad del extranjero. En el caso de doble nacionalidad, se contabiliza la que ha utilizado el extranjero para llevar a cabo el trámite de solicitud de autorización, tarjeta o certificado de registro.

En cuanto a la provincia, es aquella en que el extranjero comunica que reside en el momento que se expide el certificado de registro o tarjeta de residencia que se encuentra en vigor.

A partir del año 2010, los datos se han revisado con el objetivo de descontar las personas que han accedido a la nacionalidad española y los extranjeros que han muerto en España y que tenían una autorización de residencia en vigor en el momento del deceso.

Los datos son a 31 de diciembre.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".