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Sociedades mercantiles. Procedimiento concursal. Por actividades principales (CNAE-09)

Sociedades mercantiles. Procedimiento concursal. Por actividad principal (CCAE-2009) 2009
Cataluña España % Cat./Esp.
Agricultura y pesca 2 47 4,3
Industria y energía 360 1.245 28,9
Construcción 376 1.733 21,7
Comercio 234 891 26,3
Transporte y almacenamiento 42 195 21,5
Hostelería 19 104 18,3
Información y comunicaciones 23 72 31,9
Inmobiliarias financieras y seguros 33 135 24,4
Actividades profesionales y técnicas 44 185 23,8
Actividades administrativas y servicios auxiliares 39 152 25,7
Resto de servicios 41 137 29,9
No clasificados 74 279 26,5
Total 1.287 5.175 24,9
Fuente: INE. Estadística del procedimiento concursal.

Última actualización: 10 de febrero de 2011.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Procedimiento concursal
Concurso. Las entidades o empresas en situación de insolvencia presentan su patrimonio a un concurso de acreedores. Los órganos jurídicos con competencia mercantil son los que reciben y gestionan los expedientes presentados.

Aspectos metodológicos

La Estadística del procedimiento concursal que elabora el INE sustituye la Estadística de suspensiones de pagos y declaraciones de quiebras, dado que el 1 de septiembre del 2004 entró en vigor la Ley orgánica 8/2003 para la reforma concursal, y la Ley 22/2003 concursal.

Los datos de procedimiento concursal se obtienen de juzgados con competencias mercantiles; la atribución es en función del lugar donde se han iniciado los procesos legales. Esta estadística se elabora a partir de la información que proporcionan unos cuestionarios en los que se preguntan las características de los concursos declarados.

Expedientes admitidos/presentados a concurso: Expedientes presentados por el deudor o el acreedor de este deudor en el caso de situación de insolvencia de la empresa o de situación patrimonial de incapacidad para hacer frente regularmente a las obligaciones contraídas por el deudor.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".