Saltar al contenido principal

Sociedades mercantiles. Procedimiento concursal. Por actividades principales (CNAE-09)

Sociedades mercantiles. Procedimiento concursal. Por actividad principal (CCAE-2009) 2013
Cataluña España % Cat./Esp.
Agricultura y pesca 11 83 13,3
Industria y energía 360 1.575 22,9
Construcción 434 2.430 17,9
Comercio 373 1.687 22,1
Transporte y almacenamiento 69 316 21,8
Hostelería 78 400 19,5
Información y comunicaciones 49 217 22,6
Inmobiliarias financieras y seguros 93 373 24,9
Actividades profesionales y técnicas 126 573 22,0
Actividades administrativas y servicios auxiliares 71 455 15,6
Resto de servicios 87 360 24,2
No clasificados 120 674 17,8
Total 1.866 9.143 20,4
Fuente: INE. Estadística del procedimiento concursal.

Última actualización: 6 de febrero de 2014.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Procedimiento concursal
Concurso. Las entidades o empresas en situación de insolvencia presentan su patrimonio a un concurso de acreedores. Los órganos jurídicos con competencia mercantil son los que reciben y gestionan los expedientes presentados.

Aspectos metodológicos

La Estadística del procedimiento concursal que elabora el INE sustituye la Estadística de suspensiones de pagos y declaraciones de quiebras, dado que el 1 de septiembre del 2004 entró en vigor la Ley orgánica 8/2003 para la reforma concursal, y la Ley 22/2003 concursal.

Los datos de procedimiento concursal se obtienen de juzgados con competencias mercantiles; la atribución es en función del lugar donde se han iniciado los procesos legales. Esta estadística se elabora a partir de la información que proporcionan unos cuestionarios en los que se preguntan las características de los concursos declarados.

Expedientes admitidos/presentados a concurso: Expedientes presentados por el deudor o el acreedor de este deudor en el caso de situación de insolvencia de la empresa o de situación patrimonial de incapacidad para hacer frente regularmente a las obligaciones contraídas por el deudor.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".