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Recaudación de tributos estatales

Recaudación de tributos estatales Cataluña. 2024
Cataluña España regionalizada % Cat./Esp. Reg.
Total 57.193,86 285.239,82 20,1
IRPF 24.852,80 123.029,71 20,2
Sociedades 8.280,06 39.095,64 21,2
Impuesto sobre la renta de no residentes 685,37 4.027,37 17,0
IVA 19.277,97 88.157,59 21,9
Especiales 1.922,26 22.128,17 8,7
Alcoholes 337,46 1.192,61 28,3
Hidrocarburos 880,16 12.304,82 7,2
Labores del tabaco 0,21 6.927,06 0,0
Electricidad 507,72 1.111,79 45,7
Plástico 195,75 571,46 0,0
Carbón 0,97 20,47 4,7
Otros 0,00 0,04 0,0
Impuesto sobre primas de seguros 593,19 2.567,22 23,1
Tráfico exterior 1.023,37 2.627,94 38,9
Impuestos medioambientales 129,21 1.279,30 10,1
Impuesto sobre las transacciones financieras 12,82 248,51 5,2
Impuesto sobre determinados servicios digitales 81,64 375,18 21,8
Otros ingresos impositivos 96,88 408,48 23,7
Tasas y otros ingresos tributarios 238,30 1.294,72 18,4
Unidades: Millones de euros.
Fuente: Ministerio de Hacienda y Función Pública.
Notas:
Recaudación de tributos estatales: corresponde a la recaudación realizada por las delegaciones territoriales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Es decir, no incluye la recaudación de los servicios territoriales.
Impuestos medioambientales: son el impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica, el impuesto sobre la producción de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos resultados de la generación de energía nucleoeléctrica, el impuesto sobre el almacenamiento de combustible nuclear gastado y residuos radiactivos en instalaciones centralizadas y el impuesto sobre gases fluorados de efecto invernadero.

Última actualización: 24 de julio de 2025.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Tributo
Ingreso ordinario de derecho público para el Estado u otro ente público. Según la Ley general tributaria, se clasifican en impuestos, tasas y contribuciones especiales.

Aspectos metodológicos

Se ofrecen datos de la recaudación de tributos y de las transferencias corrientes del Estado a la Generalidad, como también de las asignaciones para inversión pública contenidas en los presupuestos generales del Estado. Hay que señalar que el lugar en que se realiza el cobro de los tributos no siempre coincide con el territorio donde se ha generado la obligación.