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Por tipo de discapacidad. Comarcas y Aran, ámbitos y provincias

Personas con reconocimiento legal de discapacidad. Por tipos de discapacidad. Comarcas, ámbitos y provincias 2007
Físicas Visuales Auditivos Psíquicos Enfermos mentales No consta Total
Alt Camp 1.157 123 69 269 308 6 1.932
Alt Empordà 2.372 249 149 797 518 15 4.100
Alt Penedès 2.651 332 194 544 756 12 4.489
Alt Urgell 500 45 36 100 152 3 836
Alta Ribagorça 119 9 10 17 31 0 186
Anoia 3.456 396 237 624 973 17 5.703
Bages 6.015 819 455 898 2.046 13 10.246
Baix Camp 4.448 540 379 1.795 1.451 33 8.646
Baix Ebre 2.110 239 136 455 670 8 3.618
Baix Empordà 2.452 224 182 779 591 14 4.242
Baix Llobregat 27.454 2.944 2.001 3.828 7.705 44 43.976
Baix Penedès 2.117 207 163 424 553 8 3.472
Barcelonès 90.111 12.729 7.328 12.226 27.860 300 150.554
Berguedà 2.973 394 225 203 730 0 4.525
Cerdanya 226 31 16 84 54 0 411
Conca de Barberà 517 62 27 136 152 2 896
Garraf 3.291 427 231 530 868 10 5.357
Garrigues 663 94 53 118 149 2 1.079
Garrotxa 966 124 67 441 244 2 1.844
Gironès 4.214 431 307 1.301 1.208 12 7.473
Maresme 9.036 1.042 784 1.804 2.693 37 15.396
Montsià 1.598 142 116 380 502 8 2.746
Noguera 1.245 133 124 273 284 7 2.066
Osona 3.257 492 257 800 1.258 7 6.071
Pallars Jussà 475 68 37 78 135 3 796
Pallars Sobirà 163 18 16 31 34 2 264
Pla d'Urgell 1.126 114 84 232 273 6 1.835
Pla de l'Estany 530 53 33 230 141 3 990
Priorat 232 19 19 74 54 2 400
Ribera d'Ebre 529 56 41 121 136 3 886
Ripollès 630 76 73 209 189 6 1.183
Segarra 521 72 34 103 169 0 899
Segrià 8.047 924 718 1.595 2.173 27 13.484
Selva 3.299 335 232 908 719 17 5.510
Solsonès 325 45 35 91 109 1 606
Tarragonès 6.358 833 487 1.544 1.653 31 10.906
Terra Alta 259 30 11 57 79 1 437
Urgell 963 129 78 217 265 5 1.657
Val d'Aran 150 14 11 46 35 0 256
Vallès Occidental 22.032 2.876 2.312 4.703 6.937 161 39.021
Vallès Oriental 9.723 1.104 837 1.789 2.691 35 16.179
Cataluña 228.310 28.994 18.604 40.854 67.548 863 385.173
Metropolità 164.298 21.454 13.687 25.424 49.510 599 274.972
Comarques Gironines 14.463 1.492 1.043 4.665 3.610 69 25.342
Camp de Tarragona 14.829 1.784 1.144 4.242 4.171 82 26.252
Terres de l'Ebre 4.496 467 304 1.013 1.387 20 7.687
Ponent 12.565 1.466 1.091 2.538 3.313 47 21.020
Comarques Centrals 16.026 2.146 1.209 2.616 5.116 38 27.151
Alt Pirineu i Aran 1.633 185 126 356 441 8 2.749
Barcelona 180.000 23.553 14.860 27.947 54.515 636 301.511
Girona 14.635 1.518 1.056 4.733 3.653 69 25.664
Lleida 14.350 1.672 1.240 2.919 3.822 56 24.059
Tarragona 19.325 2.251 1.448 5.255 5.558 102 33.939
Fuente: Departament d'Acció Social i Ciutadania. Secretaria General.

Última actualización: 10 de enero de 2013.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Discapacidad física
Se divide en dos tipos: Motórica: Discapacidad física que padecen aquellas personas que tienen afectada la capacidad de movimiento por diversas causas (malformaciones, accidentes, lesiones cerebrales...). No motórica: Discapacidad física que tienen aquellas personas que por causas orgánicas no pueden desarrollar una vida plena (cansancio, enfermedades coronarias, renales, pulmonares...).
Discapacidad intelectual
Discapacidad que presentan las persones que, por causas tanto congénitas como adquiridas, presentan deficiencias mentales. Este colectivo se caracteriza por tener una función intelectual inferior a la media y una facilidad de comprensión e información reducidas. Esta categoría no incluye a las personas con enfermedades mentales.
Discapacidad reconocida
Certificado acreditativo que se otorga a aquellas personas con una discapacidad igual o superior al 33% del baremo establecido por la normativa. Indica el diagnóstico y el grado de disminución expresado en porcentaje y lo expiden los equipos de valoración y orientación (EVO) de los centros de atención a las personas con discapacidad (CAD) de la Generalitat de Catalunya.
Discapacidad sensorial
Existen de dos clases: Visual: Discapacidad que padecen las personas que tienen una falta total o parcial de visión que les impide llevar una vida plena (ceguera total o parcial). Auditiva: Discapacidad de las personas que tienen una falta total o parcial de audición que les impide llevar una vida plena y que, como consecuencia de esta deficiencia, les puede faltar también el habla. Esta situaciones pueden tener el origen en lesiones genéticas, en el parto, o bien en enfermedades de la madre durante el embarazo (sordera total o parcial, sordomudez...).
Enfermedad mental
Discapacidad que padecen las personas afectadas por trastornos cognitivos, de afectividad o de conducta.

Aspectos metodológicos

El sistema catalán de servicios sociales es el conjunto coordinado de servicios personales, establecimientos, prestaciones económicas y actividades generales de prevención, atención y promoción social existentes en Cataluña, que está orientado a conseguir la participación de toda la ciudadanía en los beneficios de la vida social. Va dirigido especialmente a las personas, familias o colectivos que, por el hecho de tener dificultades en el desarrollo y la integración en la sociedad, falta de autonomía personal, discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, problemas familiares o sufrir marginación social, son acreedores del esfuerzo colectivo y solidario.

El sistema se estructura, funcionalmente, en servicios sociales de atención primaria y en servicios sociales de atención especializada y, territorialmente, se sectoritza en áreas básicas de servicios sociales, sectores comarcales, sectores regionales y ámbitos territoriales de Cataluña, y en las siguientes áreas de actuación: atención a la familia, la infancia y la adolescencia; atención a personas con discapacidades; atención a la vejez y atención a toxicómanos.

La estadística sobre la población con discapacidad de Cataluña es fruto de la explotación de una base de datos que se alimenta de la información registrada en los servicios de valoración y orientación dependientes del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS).

La valoración de la discapacidad se ajusta a la regulación fijada por el Real decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, la declaración y la calificación del grado de minusvalidez (BOE número 22, de 26 de enero del 2000). Esta disposición tiene por objeto regular el reconocimiento del grado de discapacidad, establecer nuevos baremos aplicables, determinar los órganos competentes para efectuar el mencionado reconocimiento y el procedimiento que hay que seguir, todo ello con la finalidad que la valoración y la calificación del grado de discapacidad que afecte a la persona sea uniforme en todo el territorio estatal, y garantice la igualdad de condiciones para el acceso de los ciudadanos a los beneficios, derechos económicos y servicios que otorguen los organismos públicos.

La clasificación internacional de la OMS define la discapacidad como la restricción o la ausencia de la capacidad que tiene un ser humano para realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal. Por lo tanto, la gravedad de las limitaciones para las actividades es el criterio fundamental que se ha utilizado para elaborar los baremos.

La clasificación tipológica oficial de las discapacidades es la siguiente: física, sensorial y psíquica. La tipología que se explota estadísticamente engloba a los siguientes colectivos: físicos motóricos y no motóricos, visuales, auditivos, psíquicos y enfermos mentales. En las tablas se incluye el apartado "no consta”, en el que se recogen aquellas codificaciones que no se pueden incluir en ninguno de estos grandes grupos.

En cuanto al grado de la discapacidad , se distribuye en tres grandes grupos. El primero agrupa grados de discapacidad entre el 33% y el 64%, en el que se incluyen personas con discapacidad con un nivel de autonomía personal lo suficientemente importante para insertarse social y laboralmente al menos en un sistema de trabajo protegido. El segundo grupo agrupa grados de discapacidad entre el 65% y el 74%; en este bloque se cuentan personas que, en términos generales, presentan más dificultades para conseguir una plena integración social y laboral. El tercer grupo, con grados de discapacidad iguales o superiores al 75%, registra a personas muy afectadas que son susceptibles de requerir instrumentos altamente especializados para su integración social.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".