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Por tipo de discapacidad. Comarcas y Aran, ámbitos y provincias

Personas con reconocimiento legal de discapacidad. Por tipos de discapacidad. Comarcas, ámbitos y provincias 2014
Físicas Visuales Auditivos Psíquicos Enfermos mentales No consta Total
Alt Camp 1.749 197 127 389 583 5 3.050
Alt Empordà 3.816 362 261 970 928 8 6.345
Alt Penedès 3.910 442 349 718 1.297 10 6.726
Alt Urgell 653 63 55 106 232 2 1.111
Alta Ribagorça 128 13 11 20 33 0 205
Anoia 4.515 522 373 803 1.618 13 7.844
Bages 8.840 987 827 1.328 3.055 12 15.049
Baix Camp 6.437 849 722 2.447 2.869 24 13.348
Baix Ebre 3.093 357 206 638 1.738 5 6.037
Baix Empordà 4.229 312 304 1.001 1.005 10 6.861
Baix Llobregat 35.848 3.741 3.276 4.855 11.885 33 59.638
Baix Penedès 3.983 332 350 610 1.310 8 6.593
Barcelonès 119.109 14.653 10.979 14.173 39.168 218 198.300
Berguedà 3.341 437 329 255 1.003 1 5.366
Cerdanya 366 39 26 112 70 0 613
Conca de Barberà 704 91 52 170 232 3 1.252
Garraf 4.868 609 404 733 1.551 8 8.173
Garrigues 764 94 69 136 204 2 1.269
Garrotxa 1.612 175 109 518 399 2 2.815
Gironès 6.630 672 492 1.690 2.022 12 11.518
Maresme 13.883 1.450 1.374 2.441 4.143 30 23.321
Montsià 2.425 224 191 545 1.226 6 4.617
Noguera 1.320 142 162 319 429 5 2.377
Osona 5.280 675 499 1.020 1.881 5 9.360
Pallars Jussà 550 79 61 83 188 1 962
Pallars Sobirà 201 22 19 32 55 1 330
Pla d'Urgell 1.255 134 111 306 362 6 2.174
Pla de l'Estany 943 84 70 255 270 0 1.622
Priorat 300 26 35 79 107 3 550
Ribera d'Ebre 671 88 66 142 293 4 1.264
Ripollès 963 104 106 224 279 4 1.680
Segarra 638 90 49 145 230 0 1.152
Segrià 9.353 1.102 963 1.942 3.209 21 16.590
Selva 6.013 537 484 1.179 1.395 13 9.621
Solsonès 428 48 52 129 156 0 813
Tarragonès 9.574 1.122 827 2.103 3.479 28 17.133
Terra Alta 354 44 20 85 169 1 673
Urgell 1.191 163 107 278 415 2 2.156
Val d'Aran 202 23 16 49 51 0 341
Vallès Occidental 28.129 3.552 3.488 6.463 11.645 115 53.392
Vallès Oriental 15.708 1.434 1.403 2.411 4.779 22 25.757
Cataluña 313.976 36.090 29.424 51.902 105.963 643 537.998
Metropolità 212.677 24.830 20.520 30.343 71.620 418 360.408
Comarques Gironines 24.206 2.246 1.826 5.837 6.298 49 40.462
Camp de Tarragona 18.764 2.285 1.763 5.188 7.270 63 35.333
Terres de l'Ebre 6.543 713 483 1.410 3.426 16 12.591
Ponent 14.521 1.725 1.461 3.126 4.849 36 25.718
Comarques Centrals 17.889 2.147 1.707 2.732 6.095 18 30.588
Alt Pirineu i Aran 2.100 239 188 402 629 4 3.562
Penedès 17.276 1.905 1.476 2.864 5.776 39 29.336
Barcelona 243.431 28.502 23.301 35.200 82.025 467 412.926
Girona 24.572 2.285 1.852 5.949 6.368 49 41.075
Lleida 16.683 1.973 1.675 3.545 5.564 40 29.480
Tarragona 29.290 3.330 2.596 7.208 12.006 87 54.517
Fuente: Departamento de Bienestar Social y Familia.

Última actualización: 15 de julio de 2015.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Discapacidad física
Se divide en dos tipos: Motórica: Discapacidad física que padecen aquellas personas que tienen afectada la capacidad de movimiento por diversas causas (malformaciones, accidentes, lesiones cerebrales...). No motórica: Discapacidad física que tienen aquellas personas que por causas orgánicas no pueden desarrollar una vida plena (cansancio, enfermedades coronarias, renales, pulmonares...).
Discapacidad intelectual
Discapacidad que presentan las persones que, por causas tanto congénitas como adquiridas, presentan deficiencias mentales. Este colectivo se caracteriza por tener una función intelectual inferior a la media y una facilidad de comprensión e información reducidas. Esta categoría no incluye a las personas con enfermedades mentales.
Discapacidad reconocida
Certificado acreditativo que se otorga a aquellas personas con una discapacidad igual o superior al 33% del baremo establecido por la normativa. Indica el diagnóstico y el grado de disminución expresado en porcentaje y lo expiden los equipos de valoración y orientación (EVO) de los centros de atención a las personas con discapacidad (CAD) de la Generalitat de Catalunya.
Discapacidad sensorial
Existen de dos clases: Visual: Discapacidad que padecen las personas que tienen una falta total o parcial de visión que les impide llevar una vida plena (ceguera total o parcial). Auditiva: Discapacidad de las personas que tienen una falta total o parcial de audición que les impide llevar una vida plena y que, como consecuencia de esta deficiencia, les puede faltar también el habla. Esta situaciones pueden tener el origen en lesiones genéticas, en el parto, o bien en enfermedades de la madre durante el embarazo (sordera total o parcial, sordomudez...).
Enfermedad mental
Discapacidad que padecen las personas afectadas por trastornos cognitivos, de afectividad o de conducta.

Aspectos metodológicos

El sistema catalán de servicios sociales es el conjunto coordinado de servicios personales, establecimientos, prestaciones económicas y actividades generales de prevención, atención y promoción social existentes en Cataluña, que está orientado a conseguir la participación de toda la ciudadanía en los beneficios de la vida social. Va dirigido especialmente a las personas, familias o colectivos que, por el hecho de tener dificultades en el desarrollo y la integración en la sociedad, falta de autonomía personal, discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, problemas familiares o sufrir marginación social, son acreedores del esfuerzo colectivo y solidario.

El sistema se estructura, funcionalmente, en servicios sociales de atención primaria y en servicios sociales de atención especializada y, territorialmente, se sectoritza en áreas básicas de servicios sociales, sectores comarcales, sectores regionales y ámbitos territoriales de Cataluña, y en las siguientes áreas de actuación: atención a la familia, la infancia y la adolescencia; atención a personas con discapacidades; atención a la vejez y atención a toxicómanos.

La estadística sobre la población con discapacidad de Cataluña es fruto de la explotación de una base de datos que se alimenta de la información registrada en los servicios de valoración y orientación dependientes del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS).

La valoración de la discapacidad se ajusta a la regulación fijada por el Real decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, la declaración y la calificación del grado de minusvalidez (BOE número 22, de 26 de enero del 2000). Esta disposición tiene por objeto regular el reconocimiento del grado de discapacidad, establecer nuevos baremos aplicables, determinar los órganos competentes para efectuar el mencionado reconocimiento y el procedimiento que hay que seguir, todo ello con la finalidad que la valoración y la calificación del grado de discapacidad que afecte a la persona sea uniforme en todo el territorio estatal, y garantice la igualdad de condiciones para el acceso de los ciudadanos a los beneficios, derechos económicos y servicios que otorguen los organismos públicos.

La clasificación internacional de la OMS define la discapacidad como la restricción o la ausencia de la capacidad que tiene un ser humano para realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal. Por lo tanto, la gravedad de las limitaciones para las actividades es el criterio fundamental que se ha utilizado para elaborar los baremos.

La clasificación tipológica oficial de las discapacidades es la siguiente: física, sensorial y psíquica. La tipología que se explota estadísticamente engloba a los siguientes colectivos: físicos motóricos y no motóricos, visuales, auditivos, psíquicos y enfermos mentales. En las tablas se incluye el apartado "no consta”, en el que se recogen aquellas codificaciones que no se pueden incluir en ninguno de estos grandes grupos.

En cuanto al grado de la discapacidad , se distribuye en tres grandes grupos. El primero agrupa grados de discapacidad entre el 33% y el 64%, en el que se incluyen personas con discapacidad con un nivel de autonomía personal lo suficientemente importante para insertarse social y laboralmente al menos en un sistema de trabajo protegido. El segundo grupo agrupa grados de discapacidad entre el 65% y el 74%; en este bloque se cuentan personas que, en términos generales, presentan más dificultades para conseguir una plena integración social y laboral. El tercer grupo, con grados de discapacidad iguales o superiores al 75%, registra a personas muy afectadas que son susceptibles de requerir instrumentos altamente especializados para su integración social.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".