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Por tipo de discapacidad. Comarcas y Aran, ámbitos y provincias

Personas con reconocimiento legal de discapacidad. Por tipos de discapacidad. Comarcas y Aran, ámbitos y provincias 2017
Físicas Visuales Auditivos Intelectuales Enfermos mentales No consta Total
Alt Camp 1.733 193 139 453 609 32 3.159
Alt Empordà 4.129 345 303 1.080 997 140 6.994
Alt Penedès 3.740 422 385 799 1.304 335 6.985
Alt Urgell 598 59 62 109 216 111 1.155
Alta Ribagorça 103 12 9 20 34 7 185
Anoia 4.505 511 431 918 1.852 384 8.601
Aran 177 25 16 49 49 23 339
Bages 7.816 844 832 1.404 2.990 791 14.677
Baix Camp 6.144 836 826 2.767 3.336 239 14.148
Baix Ebre 3.123 362 234 783 2.147 22 6.671
Baix Empordà 4.543 323 348 1.173 1.141 85 7.613
Baix Llobregat 34.453 3.603 3.507 5.408 12.289 1.998 61.258
Baix Penedès 4.277 357 389 753 1.478 55 7.309
Barcelonès 112.915 12.689 11.161 14.922 39.123 3.222 194.032
Berguedà 2.738 358 296 257 961 342 4.952
Cerdanya 378 45 30 109 77 7 646
Conca de Barberà 643 84 55 178 248 33 1.241
Garraf 4.753 580 426 857 1.574 107 8.297
Garrigues 682 75 69 156 202 63 1.247
Garrotxa 1.812 187 136 525 494 78 3.232
Gironès 6.964 657 579 1.952 2.245 160 12.557
Maresme 12.925 1.478 1.578 2.846 4.460 798 24.085
Moianès 399 51 38 69 145 38 740
Montsià 2.583 250 227 620 1.452 76 5.208
Noguera 1.223 122 165 324 434 153 2.421
Osona 4.897 666 521 1.133 1.861 331 9.409
Pallars Jussà 467 68 59 84 182 40 900
Pallars Sobirà 181 23 19 33 59 24 339
Pla d'Urgell 1.184 126 123 328 367 137 2.265
Pla de l'Estany 1.034 87 86 300 324 22 1.853
Priorat 264 35 31 88 108 14 540
Ribera d'Ebre 633 80 70 178 337 19 1.317
Ripollès 931 102 109 245 302 70 1.759
Segarra 624 80 51 172 213 136 1.276
Segrià 8.628 981 964 2.049 3.115 901 16.638
Selva 6.414 545 558 1.307 1.654 193 10.671
Solsonès 426 39 57 145 162 80 909
Tarragonès 10.131 1.142 981 2.510 3.928 249 18.941
Terra Alta 318 48 25 92 166 10 659
Urgell 1.075 146 112 295 406 146 2.180
Vallès Occidental 28.152 3.416 3.763 7.449 12.647 2.558 57.985
Vallès Oriental 14.972 1.380 1.550 2.708 4.644 792 26.046
Cataluña 303.687 33.432 31.320 57.647 110.332 15.021 551.439
Metropolità 203.518 22.574 21.566 33.351 73.197 9.374 363.580
Comarques Gironines 25.827 2.246 2.119 6.582 7.157 748 44.679
Camp de Tarragona 18.915 2.290 2.032 5.996 8.229 567 38.029
Terres de l'Ebre 6.657 740 556 1.673 4.102 127 13.855
Ponent 13.416 1.530 1.484 3.324 4.737 1.536 26.027
Comarques Centrals 16.356 1.969 1.748 3.017 6.153 1.585 30.828
Alt Pirineu i Aran 1.904 232 195 404 617 212 3.564
Penedès 17.094 1.851 1.620 3.300 6.140 872 30.877
Barcelona 232.287 25.997 24.499 38.777 83.859 11.697 417.116
Girona 26.122 2.287 2.135 6.664 7.212 751 45.171
Lleida 15.429 1.761 1.709 3.784 5.452 1.824 29.959
Tarragona 29.849 3.387 2.977 8.422 13.809 749 59.193
Fuente: Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias.

Última actualización: 14 de febrero de 2018.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Discapacidad física
Se divide en dos tipos: Motórica: Discapacidad física que padecen aquellas personas que tienen afectada la capacidad de movimiento por diversas causas (malformaciones, accidentes, lesiones cerebrales...). No motórica: Discapacidad física que tienen aquellas personas que por causas orgánicas no pueden desarrollar una vida plena (cansancio, enfermedades coronarias, renales, pulmonares...).
Discapacidad intelectual
Discapacidad que presentan las persones que, por causas tanto congénitas como adquiridas, presentan deficiencias mentales. Este colectivo se caracteriza por tener una función intelectual inferior a la media y una facilidad de comprensión e información reducidas. Esta categoría no incluye a las personas con enfermedades mentales.
Discapacidad reconocida
Certificado acreditativo que se otorga a aquellas personas con una discapacidad igual o superior al 33% del baremo establecido por la normativa. Indica el diagnóstico y el grado de disminución expresado en porcentaje y lo expiden los equipos de valoración y orientación (EVO) de los centros de atención a las personas con discapacidad (CAD) de la Generalitat de Catalunya.
Discapacidad sensorial
Existen de dos clases: Visual: Discapacidad que padecen las personas que tienen una falta total o parcial de visión que les impide llevar una vida plena (ceguera total o parcial). Auditiva: Discapacidad de las personas que tienen una falta total o parcial de audición que les impide llevar una vida plena y que, como consecuencia de esta deficiencia, les puede faltar también el habla. Esta situaciones pueden tener el origen en lesiones genéticas, en el parto, o bien en enfermedades de la madre durante el embarazo (sordera total o parcial, sordomudez...).
Enfermedad mental
Discapacidad que padecen las personas afectadas por trastornos cognitivos, de afectividad o de conducta.

Aspectos metodológicos

El sistema catalán de servicios sociales es el conjunto coordinado de servicios personales, establecimientos, prestaciones económicas y actividades generales de prevención, atención y promoción social existentes en Cataluña, que está orientado a conseguir la participación de toda la ciudadanía en los beneficios de la vida social. Va dirigido especialmente a las personas, familias o colectivos que, por el hecho de tener dificultades en el desarrollo y la integración en la sociedad, falta de autonomía personal, discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, problemas familiares o sufrir marginación social, son acreedores del esfuerzo colectivo y solidario.

El sistema se estructura, funcionalmente, en servicios sociales de atención primaria y en servicios sociales de atención especializada y, territorialmente, se sectoritza en áreas básicas de servicios sociales, sectores comarcales, sectores regionales y ámbitos territoriales de Cataluña, y en las siguientes áreas de actuación: atención a la familia, la infancia y la adolescencia; atención a personas con discapacidades; atención a la vejez y atención a toxicómanos.

La estadística sobre la población con discapacidad de Cataluña es fruto de la explotación de una base de datos que se alimenta de la información registrada en los servicios de valoración y orientación dependientes del Instituto Catalán de Asistencia y Servicios Sociales (ICASS).

La valoración de la discapacidad se ajusta a la regulación fijada por el Real decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, la declaración y la calificación del grado de minusvalidez (BOE número 22, de 26 de enero del 2000). Esta disposición tiene por objeto regular el reconocimiento del grado de discapacidad, establecer nuevos baremos aplicables, determinar los órganos competentes para efectuar el mencionado reconocimiento y el procedimiento que hay que seguir, todo ello con la finalidad que la valoración y la calificación del grado de discapacidad que afecte a la persona sea uniforme en todo el territorio estatal, y garantice la igualdad de condiciones para el acceso de los ciudadanos a los beneficios, derechos económicos y servicios que otorguen los organismos públicos.

La clasificación internacional de la OMS define la discapacidad como la restricción o la ausencia de la capacidad que tiene un ser humano para realizar una actividad en la forma o dentro del margen que se considera normal. Por lo tanto, la gravedad de las limitaciones para las actividades es el criterio fundamental que se ha utilizado para elaborar los baremos.

La clasificación tipológica oficial de las discapacidades es la siguiente: física, sensorial y psíquica. La tipología que se explota estadísticamente engloba a los siguientes colectivos: físicos motóricos y no motóricos, visuales, auditivos, psíquicos y enfermos mentales. En las tablas se incluye el apartado "no consta”, en el que se recogen aquellas codificaciones que no se pueden incluir en ninguno de estos grandes grupos.

En cuanto al grado de la discapacidad , se distribuye en tres grandes grupos. El primero agrupa grados de discapacidad entre el 33% y el 64%, en el que se incluyen personas con discapacidad con un nivel de autonomía personal lo suficientemente importante para insertarse social y laboralmente al menos en un sistema de trabajo protegido. El segundo grupo agrupa grados de discapacidad entre el 65% y el 74%; en este bloque se cuentan personas que, en términos generales, presentan más dificultades para conseguir una plena integración social y laboral. El tercer grupo, con grados de discapacidad iguales o superiores al 75%, registra a personas muy afectadas que son susceptibles de requerir instrumentos altamente especializados para su integración social.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".