Saltar al contenido principal

Síndic de Greuges. Quejas y consultas recibidas. Comarcas y Aran, y provincias

Síndic de Greuges. Quejas y consultas recibidas. Comarcas y Aran, y provincias 2015
Quejas iniciadas Consultas Total
Alt Camp 30 48 78
Alt Empordà 106 108 214
Alt Penedès 128 161 289
Alt Urgell 29 20 49
Alta Ribagorça 4 4 8
Anoia 107 141 248
Aran 13 5 18
Bages 258 250 508
Baix Camp 163 145 308
Baix Ebre 106 69 175
Baix Empordà 127 131 258
Baix Llobregat 901 1.002 1.903
Baix Penedès 139 189 328
Barcelonès 2.912 4.057 6.969
Berguedà 46 53 99
Cerdanya 20 19 39
Conca de Barberà 26 31 57
Garraf 195 235 430
Garrigues 10 26 36
Garrotxa 26 56 82
Gironès 133 258 391
Maresme 523 662 1.185
Moianès 26 25 51
Montsià 72 77 149
Noguera 22 36 58
Osona 144 210 354
Pallars Jussà 21 29 50
Pallars Sobirà 29 22 51
Pla d'Urgell 13 30 43
Pla de l'Estany 25 33 58
Priorat 25 5 30
Ribera d'Ebre 910 34 944
Ripollès 20 27 47
Segarra 21 27 48
Segrià 165 152 317
Selva 189 211 400
Solsonès 20 22 42
Tarragonès 179 226 405
Terra Alta 75 23 98
Urgell 73 42 115
Vallès Occidental 893 1.012 1.905
Vallès Oriental 618 613 1.231
Quejas procedentes de otras CCAA 1.105 1.752 2.857
Cataluña 10.647 12.278 22.925
Barcelona 6.751 8.423 15.174
Girona 644 834 1.478
Lleida 422 422 844
Tarragona 1.725 847 2.572
Fuente: Síndic de Greuges de Catalunya.
Nota: No se incluyen las actuaciones de oficio.

Última actualización: 17 de marzo de 2017.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Consulta (SG)
Solicitud de información que efectuan las personas, entidades o instituciones legitimadas ante el Síndic de Greuges.
Queja (SG)
Solicitud de actuación de oficio que tiene por objeto instar al Síndic de Greuges a investigar aquellos actos en los que la actividad o inactividad atribuible a las administraciones, organismos, empresas o personas pueda haber vulnerado derechos o libertades constitucionales o estatutarios.
Síndic de Greuges
Institución que se encarga de la defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos. Tiene facultades de supervisión de la actividad de la Administración pública de la Generalidad y de los organismos públicos o privados vinculados o que dependen de éstos, de las empresas privadas que gestionan los servicios públicos o cumplen actividades de interés general o universal. El Síndic es también un mecanismo para prevenir la tortura y de los tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (Protocolo facultativo de la Convención de Naciones Unidas).

Aspectos metodológicos

La Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges (DOGC núm. 5536 - 30/12/2009), atribuye al Síndic de Greuges la condición de Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Elegido por tres quintas partes del Parlamento, es políticamente independiente. No depende de ningún gobierno y actúa con objetividad, libertad de criterio e independencia. Cada mandato tiene una duración de nueve años.

El Síndic vela para que se respeten los derechos de las personas. Atiende todas las consultas y orienta a los interesados sobre el mejor procedimiento que pueden seguir para solucionar su problema. Sus competencias son limitadas y no puede intervenir, por ejemplo, en conflictos entre particulares.

Cualquier persona física o jurídica está legitimada para dirigirse al Síndic de Greuges, y no se precisa asistencia letrada ni representación procesal. Las actuaciones del Síndic de Greuges son gratuitas para la persona interesada.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".