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Síndic de Greuges. Quejas y consultas recibidas. Comarcas y Aran, y provincias

Síndic de Greuges. Quejas y consultas recibidas. Comarcas y Aran, y provincias 2017
Quejas iniciadas Consultas Total
Alt Camp 34 26 60
Alt Empordà 167 96 263
Alt Penedès 145 152 297
Alt Urgell 13 13 26
Alta Ribagorça 2 1 3
Anoia 135 116 251
Aran 16 5 21
Bages 236 182 418
Baix Camp 330 105 435
Baix Ebre 55 40 95
Baix Empordà 107 77 184
Baix Llobregat 1.025 749 1.774
Baix Penedès 132 95 227
Barcelonès 2.584 2.912 5.496
Berguedà 55 41 96
Cerdanya 21 16 37
Conca de Barberà 20 22 42
Garraf 1.063 182 1.245
Garrigues 19 8 27
Garrotxa 37 43 80
Gironès 221 158 379
Maresme 856 494 1.350
Moianès 26 17 43
Montsià 57 32 89
Noguera 36 29 65
Osona 153 151 304
Pallars Jussà 10 11 21
Pallars Sobirà 25 10 35
Pla d'Urgell 20 6 26
Pla de l'Estany 16 22 38
Priorat 7 7 14
Ribera d'Ebre 27 26 53
Ripollès 27 18 45
Segarra 11 18 29
Segrià 206 94 300
Selva 167 150 317
Solsonès 9 12 21
Tarragonès 244 181 425
Terra Alta 6 5 11
Urgell 32 38 70
Vallès Occidental 779 679 1.458
Vallès Oriental 748 456 1.204
Quejas procedentes de otras CCAA 0 96 96
Sistema de notificación electrónica 285 0 285
Origen desconocido 0 1.386 1.386
Cataluña 10.164 8.977 19.141
Barcelona 7.804 6.129 13.933
Girona 760 581 1.341
Lleida 403 246 649
Tarragona 912 539 1.451
Fuente: Síndic de Greuges de Catalunya.
Nota: No se incluyen las actuaciones de oficio.

Última actualización: 13 de marzo de 2018.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Consulta (SG)
Solicitud de información que efectuan las personas, entidades o instituciones legitimadas ante el Síndic de Greuges.
Queja (SG)
Solicitud de actuación de oficio que tiene por objeto instar al Síndic de Greuges a investigar aquellos actos en los que la actividad o inactividad atribuible a las administraciones, organismos, empresas o personas pueda haber vulnerado derechos o libertades constitucionales o estatutarios.
Síndic de Greuges
Institución que se encarga de la defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos. Tiene facultades de supervisión de la actividad de la Administración pública de la Generalidad y de los organismos públicos o privados vinculados o que dependen de éstos, de las empresas privadas que gestionan los servicios públicos o cumplen actividades de interés general o universal. El Síndic es también un mecanismo para prevenir la tortura y de los tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (Protocolo facultativo de la Convención de Naciones Unidas).

Aspectos metodológicos

La Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges (DOGC núm. 5536 - 30/12/2009), atribuye al Síndic de Greuges la condición de Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Elegido por tres quintas partes del Parlamento, es políticamente independiente. No depende de ningún gobierno y actúa con objetividad, libertad de criterio e independencia. Cada mandato tiene una duración de nueve años.

El Síndic vela para que se respeten los derechos de las personas. Atiende todas las consultas y orienta a los interesados sobre el mejor procedimiento que pueden seguir para solucionar su problema. Sus competencias son limitadas y no puede intervenir, por ejemplo, en conflictos entre particulares.

Cualquier persona física o jurídica está legitimada para dirigirse al Síndic de Greuges, y no se precisa asistencia letrada ni representación procesal. Las actuaciones del Síndic de Greuges son gratuitas para la persona interesada.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".