Síndic de Greuges. Quejas, actuaciones de oficio y consultas recibidas. Por materias
Quejas iniciadas | Actuaciones de oficio | Consultas | Total | |
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Políticas sociales | 3.207 | 122 | 3.506 | 6.835 |
Educación e investigación | 551 | 36 | 496 | 1.083 |
Infancia y adolescencia | 877 | 48 | 745 | 1.670 |
Salud | 738 | 9 | 832 | 1.579 |
Servicios Sociales | 898 | 23 | 991 | 1.912 |
Trabajo y pensiones | 135 | 0 | 430 | 565 |
Discriminaciones | 8 | 6 | 12 | 26 |
Administración pública y tributos | 1.795 | 14 | 2.216 | 4.025 |
Administración pública | 1.371 | 12 | 1.720 | 3.103 |
Tributos | 424 | 2 | 496 | 922 |
Consumo | 2.644 | 7 | 3.272 | 5.923 |
Políticas territoriales | 2.382 | 13 | 1.051 | 3.446 |
Medio ambiente | 1.239 | 6 | 449 | 1.694 |
Urbanismo y vivienda | 1.143 | 7 | 602 | 1.752 |
Seguredad ciudadana y justicia | 569 | 45 | 883 | 1.497 |
Cultura y lengua | 50 | 4 | 55 | 109 |
Otros | 0 | 0 | 1.295 | 1.295 |
Total | 10.647 | 205 | 12.278 | 23.130 |
Fuente: Síndic de Greuges de Catalunya. | ||||
Nota: Otros: Las cuestiones de ámbito privado quedan fuera de las competencias del Síndico. |
Última actualización: 17 de marzo de 2017.
Nota metodológica
Definición de conceptos
- Actuación de oficio (SG)
- Investigación de oficio, tanto a iniciativa propia como a solicitud de los sujetos, de aquellos actos en los que la actividad o inactividad atribuible a las administraciones, organismos, empresas o personas pueda constituir vulneración de derechos o libertades constitucionales o estatutarios.
- Consulta (SG)
- Solicitud de información que efectuan las personas, entidades o instituciones legitimadas ante el Síndic de Greuges.
- Queja (SG)
- Solicitud de actuación de oficio que tiene por objeto instar al Síndic de Greuges a investigar aquellos actos en los que la actividad o inactividad atribuible a las administraciones, organismos, empresas o personas pueda haber vulnerado derechos o libertades constitucionales o estatutarios.
- Síndic de Greuges
- Institución que se encarga de la defensa de los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos. Tiene facultades de supervisión de la actividad de la Administración pública de la Generalidad y de los organismos públicos o privados vinculados o que dependen de éstos, de las empresas privadas que gestionan los servicios públicos o cumplen actividades de interés general o universal. El Síndic es también un mecanismo para prevenir la tortura y de los tratos o penas crueles, inhumanas o degradantes (Protocolo facultativo de la Convención de Naciones Unidas).
Aspectos metodológicos
La Ley 24/2009, de 23 de diciembre, del Síndic de Greuges (DOGC núm. 5536 - 30/12/2009), atribuye al Síndic de Greuges la condición de Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura y de otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. Elegido por tres quintas partes del Parlamento, es políticamente independiente. No depende de ningún gobierno y actúa con objetividad, libertad de criterio e independencia. Cada mandato tiene una duración de nueve años.
El Síndic vela para que se respeten los derechos de las personas. Atiende todas las consultas y orienta a los interesados sobre el mejor procedimiento que pueden seguir para solucionar su problema. Sus competencias son limitadas y no puede intervenir, por ejemplo, en conflictos entre particulares.
Cualquier persona física o jurídica está legitimada para dirigirse al Síndic de Greuges, y no se precisa asistencia letrada ni representación procesal. Las actuaciones del Síndic de Greuges son gratuitas para la persona interesada.
La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".
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