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Pesca continental. Licencias y denuncias. Provincias

Pesca continental. Licencias y denuncias. Provincias Total
Licencias Denuncias
2022 54.829 744
2021 50.193 839
2020 62.220 929
2019 53.742 344
2018 54.266 319
2017 55.802 299
2016 54.362 477
2015 55.865 595
Fuente:
2015-2017: Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
2018-2020: Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.
2021-2022: Departamento de Acción Climática, Alimentación y Agenda Rural.
Nota: A partir del año 2015, el lugar de las licencias es la residencia del pescador (no el lugar donde se tramita la licencia). Por otra parte, el lugar de las denuncias es la provincia donde se ha causado la infracción.

Última actualización: 26 de abril de 2023.

Nota metodológica

Aspectos metodológicos

Para practicar la pesca en aguas continentales de Cataluña es necesario obtener la licencia de pesca recreativa, que es válida tanto para pescar en aguas continentales como en marítimas. Además de la licencia de pesca recreativa, si se desea pescar en una zona de pesca controlada (ZPC) hay que tener el correspondiente permiso de pesca.

La licencia puede ser de 15 días o de 1, 2 ,3 o 4 años de validez y se puede obtener en los Servicios Territoriales (SSTT) u Oficinas Comarcales (OC) del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural (DAAM), o mediante internet en la página web de la Oficina virtual de trámites.

De acuerdo con la Ley 5/2012, de 20 de marzo, de medidas fiscales, financieras y administrativas y de creación del impuesto sobre las estancias en establecimientos turísticos, las personas incapacitadas, los menores de 18 años y los mayores de 65 años pueden obtener la licencia de pesca recreativa gratis.

Las licencias caducan una vez finalizado su período de vigencia, o en su defecto, al complir 65 años.

El DAAM aprueba anualmente una Resolución de vedas donde se especifican las especies pescables, los períodos hábiles i el resto de normas relacionadas con la pesca.

De acuerdo con la Ley 22/2009, de 23 de diciembre, de ordenación sostenible de la pesca en aguas continentales, las sanciones por infracciones cometidas están tipificadas de la siguiente forma: leves, graves, muy graves.

La información no disponible se representa mediante el símbolo ":". Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".