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Extranjeros con tarjeta de residencia. Por sexo y por grupos de edad. Provincias

Extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor. Por sexo y por grupos de edad. Provincias Cataluña
Por sexo Hombres Mujeres Por grupos de edad De 0 a 15 años De 16 a 64 años 65 años o más
2024 1.578.286 830.770 747.516 1.578.286 155.818 1.316.544 105.924
2023 1.497.032 786.160 710.872 1.497.032 159.802 1.244.185 93.045
2022 1.426.515 748.610 677.905 1.426.515 162.871 1.182.363 81.281
2021 1.321.175 698.678 622.497 1.321.175 158.669 1.091.986 70.520
2020 1.280.076 678.475 601.601 1.280.076 157.851 1.058.564 63.661
2019 1.255.164 665.748 589.416 1.255.164 163.340 1.034.179 57.645
2018 1.196.278 637.058 559.220 1.196.278 159.298 985.416 51.564
2017 1.147.099 613.725 533.374 1.147.099 155.831 944.601 46.667
2016 1.105.021 593.683 511.338 1.105.021 153.464 909.158 42.399
2015 1.085.321 584.808 500.513 1.085.321 156.297 890.171 38.853
2014 1.085.194 584.825 500.369 1.085.194 165.435 884.255 35.504
2013 1.102.802 593.388 509.414 1.102.802 174.533 895.698 32.571
2012 1.109.449 598.804 510.645 1.109.449 179.679 900.279 29.491
Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Nota: (1) El total incluye los "no consta edad".

Última actualización: 25 de noviembre de 2025.

Nota metodológica

Definición de conceptos

Extranjero
Persona que carece de la nacionalidad española, sin perjuicio de lo establecido en leyes especiales y en los tratados internacionales en los que España sea parte (Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social).
Residentes extranjeros
Número de extranjeros, según el registro del Observatorio Permanente de la Inmigración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, que en una determinada fecha residen en Cataluña con un permiso de residencia en vigor. Los datos son una información de tipo stock a 31 de diciembre de cada año.

Aspectos metodológicos

Esta estadística se obtiene a partir de los ficheros obtenidos del Registro Central de Extranjeros, registro administrativo que gestiona la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, dependiente del Ministerio del Interior.

La explotación estadística de estos ficheros corresponde al Observatorio Permanente de la Inmigración, que depende del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Se trata de una estadística de stock con periodicidad trimestral. Se contabiliza y analiza el número de extranjeros que disponen de un certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor al final de cada trimestre.

La legislación aplicable a los extranjeros que residen en España depende de su régimen de residencia y éste, en gran parte, de la nacionalidad de los extranjeros.

Esta estadística no incluye a los siguientes extranjeros:

  • Los que se encuentren en España en situación de estancia (tres meses por semestre).
  • Los que se encuentren en España con autorización de estancia para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación y voluntariado.
  • Los trabajadores transfronterizos que no residen en España.
  • Los solicitantes de asilo y los que han obtenido el estatuto de refugiados o el estatuto de apátrida.
  • Los extranjeros de régimen comunitario que no hayan solicitado su inscripción en el Registro Central de Extranjeros o que la hayan solicitado y no hayan obtenido todavía el correspondiente certificado.
  • Los extranjeros que tienen caducada su documentación de residencia y la están renovando.

Los extranjeros autorizados a permanecer en España están obligados a poner en conocimiento de la Oficina de Extranjería o de la comisaría de policía del lugar donde residan o permanezcan, los cambios de nacionalidad, de domicilio habitual y de estado civil.

Como país de nacionalidad se entiende la nacionalidad del extranjero. En el caso de doble nacionalidad, se contabiliza la que ha utilizado el extranjero para llevar a cabo el trámite de solicitud de autorización, tarjeta o certificado de registro.

En cuanto a la provincia, es aquella en que el extranjero comunica que reside en el momento que se expide el certificado de registro o tarjeta de residencia que se encuentra en vigor.

A partir del año 2010, los datos se han revisado con el objetivo de descontar las personas que han accedido a la nacionalidad española y los extranjeros que han muerto en España y que tenían una autorización de residencia en vigor en el momento del deceso.

Los datos son a 31 de diciembre.

Cuando el valor es inferior al de la unidad mínima que permite estimar la operación estadística, o afecta el secreto estadístico, el símbolo utilizado es "..".

Para más información acerca de esta estadística, consulte la metodología.