Registro de ficheros estadísticos y de cesiones de ficheros
El Registro de ficheros estadísticos (RFE) es un registro público adscrito al Idescat, destinado a inventariar los ficheros con fines exclusivamente estadísticos, referidos tanto a personas físicas como jurídicas, que las instituciones y órganos del Sistema estadístico de Cataluña creen o dispongan para elaborar estadísticas de interés de la Generalitat de Catalunya.
¿Qué es un fichero estadístico?
A los efectos del Registro, se entiende por fichero estadístico cualquier conjunto organizado de datos de carácter personal de personas físicas o de datos identificativos de personas jurídicas, formado como consecuencia de una actuación estadística reconocida en los programas anuales de actuación estadística y sometido al secreto estadístico.
¿Qué es una cesión de un fichero estadístico?
A los efectos del Registro, se entiende por cesión de un fichero estadístico cualquier revelación de datos, parcial o total, efectuada por el organismo responsable del fichero estadístico a otra administración pública, así como a un instituto de investigación o a un investigador.
1. Inscripciones al Registro
¿Qué ficheros se deben registrar?
- Los ficheros estadísticos creados por instituciones y órganos del Sistema estadístico de Cataluña, responsables de elaborar estadísticas de interés de la Generalitat de Catalunya en el marco del programa anual de actuaciones estadísticas.
- Los ficheros estadísticos creados o que dispongan de información estadística procedente de un organismo del Sistema estadístico del Estado.
- Los ficheros estadísticos, recibidos o cedidos, de otra administración pública que se hayan generado en el marco de una actuación estadística de esta administración pública.
¿Qué cesiones se deben registrar?
- Las cesiones de datos de ficheros estadísticos inscritos en el Registro llevadas a cabo por el organismo responsable del fichero a otra administración pública, con fines exclusivamente estadísticos.
- Las cesiones de datos de ficheros estadísticos inscritos en el Registro realizadas por el organismo responsable del fichero a un instituto de investigación científica o a un investigador, con fines científicos, siempre que se acredite interés legítimo.
¿Cómo se tramitan las solicitudes de inscripción al Registro?
- Las solicitudes de inscripción de un nuevo fichero estadístico (alta) o su anulación (baja) o la revelación de su contenido (cesión de datos) se efectúan exclusivamente a través del sistema electrónico que gestiona el Idescat mediante esta página web.
- Los responsables de los ficheros estadísticos deben cumplimentar los formularios de solicitud de inscripción al Registro mediante claves de acceso (usuario y contraseña) facilitadas por el Idescat.
Solicitud de inscripción
Especifique su usuario y contraseña para cumplimentar los formularios de inscripción de ficheros estadísticos o de las cesiones de los ficheros inscritos.