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Política de difusión y comunicación de resultados estadísticos

La difusión de las estadísticas oficiales de Cataluña está prevista en el Programa anual de actuación estadística vigente, de acuerdo con la Ley de estadística de Cataluña. En el Programa se especifica, para cada actuación estadística, el organismo del Sistema estadístico de Cataluña que debe difundir los resultados y el canal que utilizará.

La difusión de la estadística oficial se rige por los principios establecidos en el Código de buenas prácticas de las estadísticas a europeas, en concreto los que afectan a los productos estadísticos, y son los siguientes principios:

  • Imparcialidad y objetividad (principio 6)
  • Relevancia (principio 11)
  • Precisión y fiabilidad (principio 12)
  • Oportunidad y puntualidad (principio 13)
  • Accesibilidad y claridad (principio 15)

La política de difusión y de comunicación de resultados estadísticos producidos por el Idescat tiene en cuenta los ítems que se describen a continuación:

1. Lugar de publicación

Todos los resultados estadísticos se publican en la web del Idescat, que está disponible en tres idiomas (catalán, castellano e inglés) y que es accesible desde cualquier tipo de dispositivo.

La web permite buscar datos por temas y territorio, y proporciona diferentes productos con información por diferentes niveles de agregación: indicadores, tablas básicas e información municipal, entre otros.

Los datos se pueden descargar en formato CSV. También se ofrece una colección de APIs (datos abiertos) que permite automatizar descargas y actualizaciones frecuentes para desarrolladores externos.

2. Calendario

El Idescat publica el Calendario de difusión de resultados, de acuerdo con la Ley de estadística de Cataluña, donde constan las fechas en que se publicarán las estadísticas del Programa anual de actuación estadística vigente. Este calendario se puede exportar en formato iCalendar.

El 1 de enero se publica el calendario de resultados de todo el año, con el día de difusión de las estadísticas coyunturales y el mes de difusión de las estadísticas estructurales. El día de difusión de las estadísticas estructurales se fija la última semana del mes anterior a su difusión.

En la página inicial de la web, en el apartado Próximas actualizaciones, se anuncian los resultados que se publicarán en las 48 horas siguientes, y los viernes (13.00 h) se comunica el calendario de la semana siguiente por el canal Twitter @idescat.

El Idescat publica los resultados coyunturales a partir de las 10.00 h y los resultados estructurales a partir de las 10.30 h, con el mínimo retraso posible según el caso.

3. Canales de comunicación

La publicación de nuevos resultados estadísticos producidos por el Idescat se difunde a través de los canales siguientes:

  • Web del Idescat: en el apartado Novedades de la página inicial de la web se publican los nuevos resultados en formato noticia. Incluyen la información más relevante del resultado publicado y pueden ir acompañadas de gráficos.

  • Redes sociales: el canal Twitter del Idescat @idescat y el perfil del Instituto de Estadística de Cataluña (Idescat) de LinkedIn también informan de los nuevos resultados.

  • Notas de prensa: el Idescat emite notas de prensa dirigidas a los medios de comunicación para hacerles llegar información para el conocimiento de la realidad. Las notas de prensa se difunden a través de los canales siguientes:

    1. Web Idescat: en el apartado Servicios/Notas de Prensa y con la novedad correspondiente.
    2. Sala de Prensa del Govern.cat (las notas de prensa se envían, simultáneamente, a los medios de comunicación suscritos al servicio).

    El Idescat también puede programar ruedas de prensa cuando sea el caso.

El principio 6 del Código de buenas prácticas de las estadísticas a europeas (imparcialidad y objetividad) establece que el acceso previo privilegiado de resultados estadísticos a usuarios externos tiene que estar limitado, controlado y hecho público.

Con carácter general, el Idescat envía todas las notas de prensa al Departamento de Economía y Hacienda (Departamento de adscripción) bajo embargo, con un anticipo máximo de 24 horas.