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Residuos industriales

Residuos industriales Cataluña Valor. Total
Industrias Depuradoras de aguas residuales urbanas
2021 3.823.879 559.506
2020 3.518.772 523.141
2019 3.812.263 556.079
2018 3.802.967 533.002
2017 3.793.348 555.070
2016 3.618.076 535.427
2015 3.588.286 524.587
2014 3.606.467 524.929
2013 3.628.751 514.644
2012 3.619.235 528.653
2011 3.927.352 540.640
2010 4.127.616 535.769
2009 4.076.296 542.984
2008 5.086.713 533.672
2007 5.427.270 566.870
2006 5.348.496 557.123
Unidades: Toneladas.
Fuente: Agència de Residus de Catalunya.
Residuos industriales España Valor. Total
Industrias
2021 .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible
2020 16.449.989
2019 .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible
2018 40.588.192
2017 .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible
2016 38.442.573
2015 .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible
2014 38.726.259
2013 .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible
2012 42.875.634
2011 .. Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible
2010 50.551.293
2009 40.156.993
2008 49.957.106
2007 60.692.665
2006 59.253.762
Unidades: Toneladas.
Fuente: INE. Enquesta sobre la generació de residus en la indústria.
Nota: A partir del 2010, los datos de España se actualizan bienalmente y se refieren a los años pares.
(..) Dato confidencial, con baja fiabilidad o no disponible.

Última actualización: 11 de mayo de 2023.

Nota metodológica

Los residuos industriales industriales son aquellos que se derivan de actividades o procesos fabriles o industriales.

Las actividades en materia de residuos que realiza el Departamento de Territorio y Sostenibilidad están adscritas a la Agencia de Residuos de Cataluña (entidad de derecho público con personalidad jurídica propia a partir de la entrada en vigor de la Ley 6/1993, de 15 de julio, reguladora de los residuos).

Los datos de Cataluña se obtienen a partir de las declaraciones anuales de residuos industriales (DARI). La DARI es un documento en el que se recogen los datos de los residuos producidos por cada centro de producción en el período de un año natural. En términos generales, según el Decreto 93/1999, de 6 de abril, deben hacer la DARI todas aquellas empresas que realicen una actividad industrial y tengan procesos de fabricación. En cambio, las empresas de servicios y/o comercios no la deben hacer.

Los datos estadísticos históricos comprendidos hasta la declaración de 2005 corresponden a datos agregados. A partir de la declaración de 2006, los datos extraídos de las DARI se han segregado en dos grupos. Por un lado, encontramos los residuos asociados a la propia actividad industrial productiva y, por otro lado, los residuos procedentes de las instalaciones de servicios ambientales (depuradoras de aguas residuales, gestores de residuos).

Industrias: incluye los residuos correspondientes a las declaraciones de actividades consideradas industriales, a excepción de los lodos de las estaciones depuradoras y los residuos secundarios de gestores de residuos.

Depuradoras de aguas residuales urbanas: incluye los residuos de depuración correspondientes a las estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas. Sus residuos se gestionan mayoritariamente mediante aplicación agrícola o deposición.

Gestores de residuos: incluye los residuos secundarios procedentes de empresas con actividad de gestión de residuos de terceros. Sus residuos provienen de otras empresas, que en muchos casos ya han sido declarados previamente por los productores.

Los datos de España se obtienen a partir de la Encuesta sobre generación de residuos en la industria que realiza bienalmente el Instituto Nacional de Estadística (INE), que estudia el conjunto de establecimientos industriales con 10 o más asalariados, excepto los que se dedican a servicios ambientales.

A partir del año 2008, en coherencia con el Reglamento (CE) 2150/2002, las categorías de lodos se consideran únicamente en términos equivalentes de materia seca.

También con la nueva CNAE-2009 en la actividad Suministro de energía eléctrica, gas, vapor y aire acondicionado no se incluyen los establecimientos de producción de energía a partir de la incineración de residuos.

Los anteriores cambios metodológicos limitan la comparación con los años anteriores.

Clasificación de los residuos:

  • Especial: residuo que por su naturaleza potencialmente contaminante requiere un tratamiento específico y un control periódico. Se encuentra incluido en el ámbito de aplicación de la Directiva 91/689/CE, de 12 de diciembre de 1991.
  • Inerte: cualquier residuo que, una vez depositado en un vertedero, no experimenta transformaciones físicas, químicas o biológicas significativas y cumple los requisitos de lixiviación determinados reglamentariamente.
  • No especial: cualquier residuo que no es clasificado como especial o inerte.