Extranjeros con tarjeta de residencia en vigor. Por sexo
Valor | Variación (%) | |
---|---|---|
Total | 1.426.386 | 8,1 |
Hombres | 748.420 | 7,3 |
Mujeres | 677.966 | 9,1 |
% sobre el total de la población | 18,3 | z Dato no procedente |
% sobre el total de extranjeros en España | 22,0 | z Dato no procedente |
Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. | ||
Nota: El total incluye el número de certificados de registro o targeta en los cuales no consta el sexo. | ||
(z) Dato no procedente. |
Valor | Variación (%) | |
---|---|---|
Total | 6.493.147 | 8,1 |
Hombres | 3.345.637 | 7,3 |
Mujeres | 3.147.510 | 8,9 |
% sobre el total de la población | 13,7 | z Dato no procedente |
Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. | ||
Nota: El total incluye el número de certificados de registro o targeta en los cuales no consta el sexo. | ||
(z) Dato no procedente. |
Última actualización: 21 de diciembre de 2023.
Nota metodológica
La Estadística de extranjeros con certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor se obtiene a partir de los ficheros obtenidos del Registro Central de Extranjeros, registro administrativo gestionado por la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, dependiente del Ministerio del Interior.
La explotación estadística de estos ficheros corresponde al Observatorio Permanente de la Inmigración, dependiente del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Se trata de una estadística de stock con periodicidad trimestral. Se contabiliza y analiza el número de extranjeros que disponen de un certificado de registro o tarjeta de residencia en vigor al final de cada trimestre.
La legislación aplicable a los extranjeros que residen en España depende de su régimen de residencia y éste, en gran parte, de la nacionalidad de los extranjeros.
Esta estadística no incluye los siguientes extranjeros:
- Los que se encuentren en España en situación de estancia.
- Los que se encuentren en España con autorización de estancia para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación.
- Los trabajadores transfronterizos que no residen en España.
- Los solicitantes de asilo y los que han obtenido el estatuto de refugiados o el estatuto de apátrida.
- Los extranjeros de régimen comunitario que no hayan solicitado su inscripción en el Registro Central de Extranjeros o que la hayan solicitado y no hayan obtenido aún el correspondiente certificado.
- Los extranjeros que tienen caducada su documentación de residencia y la están renovando.
A partir del año 2010, los datos se han revisado con el objetivo de descontar las personas que han accedido a la nacionalidad española y los extranjeros que han muerto en España y que tenían una autorización de residencia en vigor en el momento del fallecimiento."
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